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Caos
y descontrol en la organización de cursos de la Conselleria
de Agricultura en Felanitx
11.04.08
La conselleria de Agricultura estableció hace
ya un tiempo que para poder pulverizar o fumigar con insecticidas
los árboles frutales o las hortalizas, se debía
poseer el diploma expedido por la propia conselleria conforme
se había cursado el nivel básico de tratamiento
con productos fitosanitarios en un intento de regular las
actividades agrícolas. El no disponer del citado diploma
acreditativo podría acarrear la imposición de
sanciones.
Hasta aquí todo correcto. Ahora se ha decidido aplicar
por fin la normativa y por ello la Consellería de Agricultura
organiza la celebración de uno de estos cursos básicos,
teniendo lugar en Felanitx. El número de plazas estimado
era de 28, pero el interés por regularizar su situación
provocó que el número de agricultores inscritos
sea muy superior cerca de unas 40 personas. Al parecer se
inscribieron sin un orden de solicitud. Para acceder a dicho
curso es requisito imprescindible la presentación de
un certificado médico donde se da fe de que el historial
medico-quirúrgico del interesado no presenta trastorno
físico ni psicológico, que altere el desarrollo
de actividades formativas, y por lo tanto, es apto en general,
sin perjuicio del criterio que, a posterior, pueda hacer el
Servicio de Prevención correspondiente.
Al inicio del curso se dio por válida la inscripción
de todos los presentados (40 aproximadamente) argumentándose
que en virtud del interés por cumplir la norma que
debe aplicarse ya, es necesaria la formación. Impartiéndose
las 4 horas correspondientes al primer día. El segundo
día se decide que sólo podrán realizarlo
los 28 que inicialmente se habían programado, eligiendo
al azar los que serían oficiales sin tener en cuenta
ningún tipo de orden de solicitud y sin disponer de
una nueva fecha de celebración del curso. ¿?
Las normativas deben acompañarse de los efectivos necesarios
para llevarlas a cabo. ¿Quién puede sancionar
a alguien que incumple una normativa de formación si
no se le permite la formación antes de que entre esta
en funcionamiento? ¿Tan complicado resulta aumentar
el cupo de alumnos o de cursos, si el interés lo demanda?
Que sepamos, no se les ha dado fecha para un nuevo curso básico.
Al parecer, sí hay fecha para uno más elevado
el cual debe realizarse una vez hecho el básico. Al
no poder realizar el cursillo, los agricultores que necesiten
pulverizar sus campos deberán pagar quizás altos
precios a quien disponga del citado diploma oficial o incumplir
la normativa y estar expuestos a sanción. Si desde
la conselleria no nos demuestran lo contrario, el caos y el
descontrol volverán a desmoralizar a los agricultores.
Ahora con las dificultades planteadas para poder cumplir un
requisito por el cual demuestran interés, pero que
al parecer carece de estructura formativa por parte de la
conselleria. ¿Será quizás que la conselleria
a conseguido una moratoria de plagas agrícolas y estas
no aparecerán hasta que la normativa pueda desarrollarse?
¿Cómo deben hacer frente a las plagas los agricultores
ahora? Si fumigar sin el curso es sancionable ¿Qué
deben hacer para sortear las inspecciones? ¿Fumigar
de noche?
La seriedad siempre debe ser un requisito imprescindible para
el legislador, lo difícil no es poner la normativa,
lo difícil es tener capacidad para desarrollarla y
que esta se pueda aplicar con las mejores garantías
para unos y para otros.
Nos gustaría saber si con estas premisas alguien tiene
el valor moral de sancionar a algún agricultor por
no poseer el título básico para tratamiento
fitosanitario si se le encuentra fumigando o pulverizando
sus hortalizas o árboles y la conselleria no le ha
facilitado la realización del curso por falta de previsión,
suponemos que a la hora de contratar profesorado.
Un ejemplo de eficacia, planificación y organización. |
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