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 LLEIS
Antibasse 
Un mismo hecho, dos impuestos distintos

20.06.08

En la navidad del 2006, como todo ciudadano balear, recibí una carta tipo, en catalán y castellano, suscrita por D. Lluís Ramis de Ayreflor, entonces Conseller d´Economia, Hisenda i Innovació, del Govern de les Illes Balears y que podrán leer si hacen clic aquí...
Como verán, en el párrafo segundo se me informa:
“A partir del 1 de enero de 2007, el impuesto sobre sucesiones (herencias) tributará a un tipo fijo máximo del 1% gracias a la reforma sobre la ley de este tributo, recientemente aprobada por el Parlament. Hemos aprovechado también esta reforma para reducir considerablemente el pago del impuesto sobre donaciones”.
No debemos dejar de leer el último párrafo:
“Espero que la práctica supresión de este tributo suponga una mejora económica y social para los ciudadanos de les Illes Balears”.
¿A qué ciudadanos? me pregunté, sin que mi ignorancia supiera darme respuesta. Hoy he descubierto al ciudadano beneficiado.
Un joven de algo más de veinte años me ha informado que su mejor amigo ha heredado de sus padres un piso cuyo valor es de 180.000 euros. Ante notario ha sido declarado heredero y ha aceptado la herencia, incluyendo como bien heredado dicho piso y reseñando como valor del bien la cifra de 180.000 euros. En la Consellería d´Economia, Hisenda i Innovació, de Balears, ha presentado la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones, que al 1% le ha supuesto pagar 1.800 euros. Acto seguido ha presentado la escritura de herencia, con la copia sellada de la autoliquidación del Impuesto, en el Registro de la Propiedad para registrarlo a su nombre. El amigo ya vive en su piso.
-Yo no he tenido la suerte de mi amigo, me ha dicho el joven. Somos tres hermanos y mis padres siempre vivieron en alquiler. Entre el alquiler y mantenernos nunca pudieron comprar un piso. Al fallecer ellos, ningún piso he podido heredar. Ahora, aprovechando que en el mismo inmueble donde vive mi amigo se ha puesto a la venta un piso idéntico al suyo, lo he comprado. El precio ha sido también de 180.000 euros. He pedido un préstamo al banco por dicho importe a devolver en cuotas mensuales durante treinta años. Lo que tenía ahorrado lo he empleado en gastos de formalización e impuestos, en total 11% del valor del piso, es decir 19.800 euros, de ellos 12.600 euros han sido para pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, es decir el 7% del valor del piso, sin contar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que recaen sobre la hipoteca.
Como quiera que tanto la cantidad de 1.800 euros por el Impuesto sobre Sucesiones, como los 12.600 euros por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales los recauda y son para el Govern Balear; sin entrar a juzgar sobre los 180.000 euros, ¿cree el lector que el Govern Balear trata a los ciudadanos en igualdad? ¿No se trata en ambos casos de un mismo hecho como es el adquirir una vivienda propia? ¿No es ya suficiente con que uno esté hipotecado treinta años y el otro no? ¿Por qué, entonces, se le hace pagar al pobre 10.800 euros más que al otro? En caso contrario, si no hay dinero para escuelas, ¿por qué se dejan de percibir 10.800 euros del heredero si ya tuvo gratis un piso de 180.000 euros? Solamente falta que el hijo del heredero consiga plaza en una escoleta y el del hipotecado no.

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