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Un
mismo hecho, dos impuestos distintos
20.06.08
En la navidad del 2006, como todo ciudadano balear,
recibí una carta tipo, en catalán y castellano,
suscrita por D. Lluís Ramis de Ayreflor, entonces Conseller
d´Economia, Hisenda i Innovació, del Govern de
les Illes Balears y que podrán leer si hacen clic aquí...
Como verán, en el párrafo segundo se me informa:
“A partir del 1 de enero de 2007, el impuesto sobre
sucesiones (herencias) tributará a un tipo fijo máximo
del 1% gracias a la reforma sobre la ley de este tributo,
recientemente aprobada por el Parlament. Hemos aprovechado
también esta reforma para reducir considerablemente
el pago del impuesto sobre donaciones”.
No debemos dejar de leer el último párrafo:
“Espero que la práctica supresión de este
tributo suponga una mejora económica y social para
los ciudadanos de les Illes Balears”.
¿A qué ciudadanos? me pregunté, sin que
mi ignorancia supiera darme respuesta. Hoy he descubierto
al ciudadano beneficiado.
Un joven de algo más de veinte años me ha informado
que su mejor amigo ha heredado de sus padres un piso cuyo
valor es de 180.000 euros. Ante notario ha sido declarado
heredero y ha aceptado la herencia, incluyendo como bien heredado
dicho piso y reseñando como valor del bien la cifra
de 180.000 euros. En la Consellería d´Economia,
Hisenda i Innovació, de Balears, ha presentado la autoliquidación
del Impuesto sobre Sucesiones, que al 1% le ha supuesto pagar
1.800 euros. Acto seguido ha presentado la escritura de herencia,
con la copia sellada de la autoliquidación del Impuesto,
en el Registro de la Propiedad para registrarlo a su nombre.
El amigo ya vive en su piso.
-Yo no he tenido la suerte de mi amigo, me ha dicho el joven.
Somos tres hermanos y mis padres siempre vivieron en alquiler.
Entre el alquiler y mantenernos nunca pudieron comprar un
piso. Al fallecer ellos, ningún piso he podido heredar.
Ahora, aprovechando que en el mismo inmueble donde vive mi
amigo se ha puesto a la venta un piso idéntico al suyo,
lo he comprado. El precio ha sido también de 180.000
euros. He pedido un préstamo al banco por dicho importe
a devolver en cuotas mensuales durante treinta años.
Lo que tenía ahorrado lo he empleado en gastos de formalización
e impuestos, en total 11% del valor del piso, es decir 19.800
euros, de ellos 12.600 euros han sido para pagar el Impuesto
sobre Transmisiones Patrimoniales, es decir el 7% del valor
del piso, sin contar el Impuesto de Actos Jurídicos
Documentados que recaen sobre la hipoteca.
Como quiera que tanto la cantidad de 1.800 euros por el Impuesto
sobre Sucesiones, como los 12.600 euros por el Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales los recauda y son para el Govern
Balear; sin entrar a juzgar sobre los 180.000 euros, ¿cree
el lector que el Govern Balear trata a los ciudadanos en igualdad?
¿No se trata en ambos casos de un mismo hecho como
es el adquirir una vivienda propia? ¿No es ya suficiente
con que uno esté hipotecado treinta años y el
otro no? ¿Por qué, entonces, se le hace pagar
al pobre 10.800 euros más que al otro? En caso contrario,
si no hay dinero para escuelas, ¿por qué se
dejan de percibir 10.800 euros del heredero si ya tuvo gratis
un piso de 180.000 euros? Solamente falta que el hijo del
heredero consiga plaza en una escoleta y el del hipotecado
no. |
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